La licencia de armas tipo C ampara las armas de fuego de las categorías 1ª, 2ª.1 y 3ª.2.
Esta licencia está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas
privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los
guardas particulares de campo.
Nadie podrá poseer más de una licencia tipo C. Podrán
autorizar un arma de las categorías citadas anteriormente, según el servicio a
prestar. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o
utilización de un arma corta y un arma larga para vigilancia y guardería, ambas
serán amparadas por la misma licencia.
La posesión de cada una de las armas se documentará mediante la
correspondiente guía de pertenencia expedida a nombre de las empresas,
entidades y organismos propietarios.
Cuando no sean objeto de utilización, las armas deberán ser
custodiadas en locales de las empresas o entidades que reúnan las
adecuadas condiciones de seguridad, debidamente autorizados por la Guardia
Civil.
Pruebas a realizar para la concesión
Tendrán lugar con la periodicidad que requieran las
circunstancias, al menos una vez al mes, siempre que
existan solicitudes de aspirantes en la Comandancia de la Guardia Civil que
convoca las pruebas.
Los aspirantes deberán acreditar su condición de vigilante de
seguridad o asimilado. Las empresas, entidades y organismos en que
presten sus servicios serán los encargados de facilitarles de facilitarles las
armas y municiones necesarias para su formación y examen de obtención de la
licencia.
Los exámenes constarán de tres pruebas eliminatorias:
- Conocimiento y manejo del arma.
- Ejercicio práctico de tiro.
- Ejercicio escrito.
Normativa de regulación de las pruebas
- Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada (BOE. núm. 57), pulse aquí para descargarla.
Concesión y vigencia
Son concedidas por el Director General de la Guardia
Civil y tendrán validez exclusivamente durante
el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su
concesión y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de
servicio.
La vigencia de las licencias estará condicionada al
mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los
órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal
mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
En las licencias de armas tipo C se debe actualizar la fotografía del
documento cada 5 años.
En el momento del cese en el cargo o función, temporal o
definitivamente, al titular de la licencia tipo C le será retirada por
el superior jerárquico, entidad, empresa u organismo en el que presta o ha
prestado servicios, y será entregada en la Intervención de Armas de la Guardia
Civil.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de la licencia de armas tipo C se presentarán, a
través de la empresa u organismo, en las Intervenciones de Armas de la Guardia
Civil correspondientes al domicilio del interesado.
La instancia de solicitud de la licencia de armas tipo C se ajustará
al modelo establecido, pulse
aquí para descargarlo.
Con la solicitud el interesado aportará los siguientes
documentos:
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes)
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
- Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempeñar.
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
- Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790, pulse aquí para descargarlo.
En el caso de solicitar la licencia tipo C por primera vez, también
deberá aportar:
- Declaración del solicitante, con la conformidad del jefe, autoridad o superior de quien inmediatamente dependa, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o a procedimiento disciplinario.
- Carta de solicitud para tomar parte en las pruebas para la obtención de la licencia de armas tipo C.
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